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Novedades con respecto al criterio de proximidad
Se establece un sistema de proximidad manteniendo la zonificación actual, que garantice a las familias:
• Una escolarización cercana al domicilio, si ese es el criterio elegido, con independencia de la zona a la que pertenezca
• Y una amplia oferta de centros, al mantenerse zonas de escolarización extensas, lo que posibilitará el ejercicio de elección de centro escolar.
El nuevo criterio de proximidad no supone la eliminación de otros criterios, sino priorizar la cercanía.
Se entiende por centro próximo aquel que se encuentra en zona o zona limítrofe (por domicilio familiar o labora), y que se encuentre en la distancia de proximidad, aplicado a la primera opción elegida por el solicitante.
Para el cálculo se establece una distancia de proximidad lineal de 1.000 metros respecto al centro escolar.
La baremación de proximidad domiciliaria vendrá determinada por la aplicación conjunta de la zona escolar junto con el criterio de proximidad lineal.
La proximidad queda definida por la distancia entre dos puntos: el centroide o baricentro de una parcela catastral representativa del domicilio familiar o laboral y el punto de referencia, definido en los mismos términos del centro escolar.
La distancia de proximidad entre el domicilio y el centro se calculará linealmente entre las coordenadas de cada uno de los puntos. Por tanto, no se tendrá en cuenta la distancia de accesibilidad.
Para calcular la proximidad se utilizará el sistema de localización del Gobierno de Aragón, gestionado por el Departamento de Interior y Política Territorial, denominado SITAR. http://sitar.aragon.es
La proximidad complementa y ajusta la cercanía establecida por al zonificación. Un domicilio en zona limítrofe respecto a un centro escolar, pero dentro de su distancia de proximidad, tendrá preferencia respecto a otro de la zona pero fuera de esa distancia.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional FEDER